Presentación de documentación de Asturianía 2025

El Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 2/2018, de 23 de marzo, de los asturianos en el exterior y del reconocimiento de Asturianía, aprobado por el Decreto 46/2019, de 21 de junio, establece en su artículo 6.1.

A efectos de preservar el reconocimiento de asturianía, las Comunidades Asturianas y la Federación Internacional de Centros Asturianos deberán presentar, antes del 30 de abril de cada año la siguiente documentación:

a) Una memoria sucinta de las actividades realizadas en el año inmediatamente anterior (2024).

b) Una memoria económica del año inmediatamente anterior (2024) con el siguiente contenido:

1.- Ingresos con, al menos, el siguiente desglose:

– Procedentes de cuotas de socios.

– Procedentes de otras actividades privadas.

– Donaciones privadas.

– Procedentes del Principado de Asturias.

– Procedentes de otras Administraciones Públicas.

2.- Gastos con, al menos, el siguiente desglose:

– Gastos ordinarios de mantenimiento y suministros de la sede social.

– Gastos en materia de personal.

– Gastos relativos a actividades y programas.

3.- El número de sus socios al comienzo del año natural (2025).

4.- Los cambios habidos, en su caso, en sus órganos rectores.

Esta documentación deberá aportarse junto con los formularios que se adjuntan.
 
Todos los centros sin excepción, deben enviar el formulario cubierto, además de la documentación señalada arriba. Para facilitar la labor, el Principado nos envío unos formularios de ejemplo en el que están marcados en color amarillo los campos que hay que cubrir. También hay unos comentarios orientativos en color amarillo en algunos campos que pueden ayudar. Están tachados en rojo los datos que no es necesario que se rellenar.
 
La relación de miembros de la junta directiva, debe cubrirse en todos los casos, aunque no haya habido cambios desde el año pasado. Si son más de 3 miembros, se cubren todos los nombres en el anexo II.
 
Hay adjuntos 4 formularios, 2 son de ejemplo y los otros 2 son los que hay que cubrir y presentar. Cuando tengáis toda la documentación, tenéis que enviarlo por registro electrónico a la Consejería de Presidencia.
 
Aunque el plazo finaliza el 30 de abril, es mejor que vayáis enviándolo ya por si es necesario hacer alguna modificación.

Es importante que los datos que se envíen tengan EXACTAMENTE la estructura indicada anteriormente por la Ley (téngase en cuenta para la Memoria Económica).

Tendrán acceso al Formulario normalizado de solicitud, así como también a la posibilidad de iniciar la misma electrónicamente, en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), utilizando el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) e introduciendo el código AUTO0269T01 o pinchando en el siguiente enlace: ACCESO.

Recordamos que se debe entrar a la sede para presentar la documentación con el CERTIFICADO ELECTRÓNICO DE REPRESENTANTE, nunca con uno personal.

Solicitud normalizada
Solicitud reg_emig anexo I (formulario para cubrir)
Solicitud reg_emig anexo I (ejemplo)
Solicitud reg_emig anexo II (formulario para cubrir)
Solicitud reg_emig anexo II (ejemplo)